Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre matriculación y asistencia

¿Quién puede asistir a Insight Schools of California (ISCA)?

Cualquier estudiante de 9º a 12º curso que resida en uno de estos condados de California puede matricularse a tiempo completo:

  • Alameda
  • Amador
  • Calaveras
  • Contra Costa
  • Imperial
  • Inyo
  • Kern
  • Reyes
  • Los Angeles
  • Naranja
  • Riverside
  • Sacramento
  • Santa Bárbara
  • San Bernardino
  • Santa Clara
  • San Diego
  • San Joaquín
  • San Luis Obispo
  • Stanislaus
  • Tulare
  • Ventura

Los estudiantes también deben tener 20 años o menos cuando se matriculen. Los estudiantes que cumplen 21 años mientras están matriculados y necesitan educación adicional para recibir un diploma pueden permanecer matriculados hasta que cumplan los requisitos de graduación o hasta el final del año escolar en el que cumplen 21 años, lo que ocurra primero. Los estudiantes que se inscriban también deben poder demostrar que han completado el octavo grado a través de transcripciones oficiales o portafolios de educación en el hogar.

¿Cuánto cuesta asistir a la ISCA?

ISCA es un programa de la escuela pública, por lo que no hay matrícula. Proporcionamos profesores acreditados en California y materiales educativos. Las familias que reúnan los requisitos recibirán un ordenador y una impresora en préstamo. Los estudiantes y las familias serán responsables de proporcionar algunos materiales domésticos comunes (tales como tinta de impresora y papel). Nuestros asesores de inscripción pueden ayudarle a resolver sus dudas y necesidades tecnológicas e informáticas.

¿Cuántos alumnos entrarán en la escuela?

ISCA es una escuela pública. En la mayoría de los casos, los estudiantes que desean matricularse son admitidos sujetos únicamente a la capacidad junto con las restricciones de grado y las limitaciones de edad y geográficas enumeradas anteriormente.

¿Cuál es la política de asistencia?

Como alumnos de la escuela pública de California, todos los alumnos de ISCA deben cumplir con el número mínimo de días lectivos exigido por el estado.

¿Pueden los estudiantes matricularse y empezar las clases en cualquier momento del año?

Los estudiantes pueden presentar una solicitud de inscripción en cualquier momento del año y, una vez aprobada, empezar en la siguiente fecha de inicio programada.

Si mi alumno ha sido expulsado de otro colegio, ¿puede matricularse en ISCA?

Cada caso será revisado en base a los registros de su distrito escolar actual o anterior. Como una escuela pública de California, ISCA puede honrar las expulsiones actuales de otro distrito. La aprobación de la inscripción no se concederá hasta que se revise el caso.

¿Puede mi alumno transferir créditos de una carpeta de educación en casa?

En general, los estudiantes pueden aplicar los créditos de la escuela pública o los créditos obtenidos por el trabajo de educación en casa hacia sus requisitos de graduación en ISCA. Los estudiantes que se inscriban con una transcripción o una cartera de educación en el hogar hablarán con un asesor de admisiones ISCA que evaluará la finalización satisfactoria del trabajo documentado en lo que respecta a las normas de ISCA.

¿Puede nuestra familia tomarse vacaciones durante el curso escolar?

El calendario escolar incluye los días festivos o de vacaciones escolares. Siempre que sea posible, las vacaciones familiares deben coincidir con los días de vacaciones escolares. Se anima a los padres a ponerse en contacto con el profesor de su alumno si planean unas vacaciones que no coincidan con el calendario escolar.

¿Proporciona ISCA asistencia y apoyo McKinney-Vento/sin techo?

Según el artículo 725(2) de la Ley McKinney-Vento de asistencia a las personas sin hogar (42 U.S.C. 11434a(2)), el término "niños y jóvenes sin hogar"-.

  • (A) personas que carecen de una residencia nocturna fija, regular y adecuada...; y
  • (B) incluye-
    • (i) niños y jóvenes que comparten el alojamiento de otras personas debido a la pérdida de la vivienda, dificultades económicas o un motivo similar; que viven en moteles, hoteles, parques de caravanas o campings debido a la falta de alojamientos alternativos; que viven en refugios de emergencia o de transición; que están abandonados en hospitales; o que están a la espera de ser colocados en hogares de acogida;
    • (ii) niños y jóvenes que tengan como residencia nocturna principal un lugar público o privado que no esté diseñado ni se utilice habitualmente como lugar habitual de pernocta para seres humanos;
    • (iii) niños y jóvenes que viven en coches, parques, espacios públicos, edificios abandonados, infraviviendas, estaciones de autobús o tren o entornos similares; y
    • (iv) niños migratorios que reúnan los requisitos para ser considerados personas sin hogar a los efectos de este subtítulo porque los niños viven en las circunstancias descritas en las cláusulas (i) a (iii).

Se considera que los niños y jóvenes no tienen hogar si se ajustan tanto a la parte A como a cualquiera de los subapartados de la parte B de la definición anterior.